Aprovecha esta facilidad en las fechas del comprobante, que hará que puedas exprimir unos días más a tus versiones por expirar del CFDI cuando haya cambios de esquemas fiscales SAT.
Como por ejemplo con Carta Porte que cambia en su versión 3.0 de salida a la versión 3.1 obligatoria a partir del día 17 de Julio de 2024, consulta el PDF con ejemplos de las diferencias de fecha http://www.invoiceone.com.mx/wp-content/uploads/2024/07/Plazo-72-horas.pdf
Primero distingue las fechas en tu CFDI.
La fecha de emisión o expedición y la fecha de timbrado en tu factura son sumamente importantes ¿Conoces sus diferencias?
Partiendo de las definiciones del Anexo 20 CFDI v4.0 – Estándar técnico con la especificación de cada atributo que se integra en un comprobante fiscal digital por internet, como son estas dos fechas:
- Fecha
Es un atributo declarado en el nodo comprobante. Es requerido para la expresión de la fecha y hora de expedición del CFDI. Se expresa por su tipo (Especial) como: tdCFDI:t_FechaH, en la forma AAAA-MM-DDThh:mm:ss y debe corresponder con la hora local donde se expide el comprobante.
- Fecha de timbrado
Es un atributo del nodo complemento TFD, una vez se da validez al comprobante al igual que se incluye en la cadena original. Es un valor requerido para expresar la fecha y hora, de la generación del timbre por la certificación digital del SAT. Se expresa por su tipo (Especial) como: tdCFDI:t_FechaH, en la forma AAAA-MM-DDThh:mm:ss y debe corresponder con la hora de la Zona Centro del Sistema de Horario en México.
Gana tiempo
Ahora que ya lo sabes ¡puedes usar el tiempo a tu favor!
Puedes facturar en la versión vigente y ante cualquier cambio fiscal ganando hasta 72 horas adicionales enviando tus comprobantes aun si han terminado su vigencia, siempre y cuando coloques una fecha de emisión de máximo 72 horas atrás con respecto a la fecha y hora actual. Una vez terminando este lapso de tiempo, ya no será posible timbrar ningún documento y solo se podrá si queda la versión vigente.
Validación del CFDI
Esto es posible ya que al recibir tu solicitud de timbrado, el (PAC) Proveedor de Certificación debe validar y verificar que la fecha y hora de emisión en el archivo xml -NO- sea:
* Mayor que la fecha y hora aumentada en el plazo que se especifique la regla 2.7.2.9 – Obligaciones de los proveedores en el proceso de certificación de CFDI en la RMF vigente.
* Menor que la fecha y hora disminuida en el plazo que se especifique la regla 2.7.2.9 – Obligaciones de los proveedores en el proceso de certificación de CFDI en la RMF vigente.
Y ¿qué especifica? la regla 2.7.2.9 de la Reforma Miscelánea Fiscal vigente del CFF.
[Parrafo 2] Para que un comprobante sea certificado y se le asigne un folio, adicionalmente a lo que establece el artículo 29, segundo párrafo, fracción IV, inciso a) del CFF, los proveedores de certificación de CFDI validarán que el documento cumpla con lo siguiente
[Inciso I.] Que el periodo entre la fecha de generación del documento y la fecha en la que se pretende certificar no exceda de 72 horas, o que dicho periodo sea menor a cero horas, esto lo validarán haciendo uso del huso horario correspondiente al Código Postal registrado en el campo LugarExpedicion, conforme al catálogo “CodigoPostal” del Anexo 20.
Referencia Normativa link: http://omawww.sat.gob.mx/normatividad_RMF_RGCE/Paginas/documentos/rmf/compiladas/Compilado_1ra_RM_RMF_2023.pdf
Sugerimos estar siempre al día con los cambios del SAT lo antes posible, sin embargo, en caso de requerir de tiempo adicional, la regla de validación te será muy útil por si no cuentas con tu sistema listo para crear los CFDI con los nuevos cambios.
Si tienes dudas ¡contáctanos, estamos para apoyarte!