Complemento de Comercio Exterior 1.1

De acuerdo a lo que el SAT ha indicado, el 1 de marzo entra en vigor la obligación de incorporar el complemento de operaciones para comercio exterior a la factura que debe emitirse por la enajenación de mercancías en exportaciones definitivas tipo A-1.
Sin embargo, consciente el SAT de las dificultades para llevar a cabo su adopción, ha publicado un mecanismo de transición que permite lo siguiente:

      1. A partir del 1 de marzo, los contribuyentes que ya hayan incorporado a la factura electrónica el complemento para operaciones de comercio exterior, podrán al exportar sus mercancías, usar únicamente como documento de valor la factura con complemento.
      2. Aquellos contribuyentes que aún no han incorporado a la factura el complemento para operaciones de comercio exterior, tienen para hacerlo a más tardar hasta el 31 de diciembre próximo, y una vez que lo hagan, podrán al exportar en definitiva sus mercancías tipo A-1, usando únicamente como documento de valor la factura con complemento. Mientras concluyen con las modificaciones a sus sistemas, estos contribuyentes pueden enajenar y exportar en definitiva mercancías tipo A-1, sin incorporar a la factura que se emita, el complemento para comercio exterior, esto siempre y cuando se declare en el pedimento el número de folio fiscal de la factura y el acuse de valor a que se refiere la regla 1.9.18 de las Reglas Generales de Comercio exterior para 2017.

Para conocer más sobre este mecanismo de transición, puedes consultar el siguiente vínculo: http://www.sat.gob.mx/Factura_comercio_exterior/Paginas/default.aspx

Cambios en el Complemento de Comercio Exterior 1.1

De acuerdo a lo publicado en el SAT, La versión 1.1 del complemento incorpora un grupo de funcionalidades adicionales, entre las que se encuentran:

      • Un nodo para ser usado en el caso de operaciones de exportación definitiva de mercancías en definitiva tipo A-1, en casos en los cuales estas mercancías no son objeto de enajenación, o siéndolo esta es a título gratuito –es decir sin recibir pago a cambio o sin ser una venta-.
      • Actualización de la validación referente a la Identificación de producto o productos a varias fracciones arancelarias.
      • Actualización al Catálogo de fracciones arancelarias.
      • Incorporación de domicilios para emisor y receptor.

Para mayor información sobre estos cambios, puedes contactarnos, o bien seguir el siguiente vínculo al Portal del SAT: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/complemento_comercio_exterior.aspx

Guía de llenado

Te proporcionamos la Guía de Llenado del Complemento de Comercio Exterior versión 1.1, la cual puedes descargar en la siguiente liga: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/Complementoscfdi/GuiaComercioExterior.pdf

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