SAT | Nuevo Complemento de Nómina versión 1.2

El día 30 de Septiembre de 2016, el SAT publicó en su Sitio Web la actualización del Complemento de Nómina a la versión 1.2., e indicó que la fecha de entrada en vigor será el próximo 1 de Enero de 2017. Sin embargo, el SAT ha publicado el 13 de diciembre de 2016 una facilidad donde indica que los contribuyentes tendrán hasta el 31 de marzo de 2017 para seguir utilizando su actual sistema de emisión de nómina digital (http://www.sat.gob.mx/sala_prensa/comunicados_nacionales/Paginas/com2016_122.aspx).

Es importante mencionar que los contribuyentes que utilicen esta facilidad, deberán emitir nuevamente la nómina digital (retimbrar) con las respectivas actualizaciones a más tardar el 1 de abril de 2017.

Consulta a continuación el detalle de los cambios que contempla este nuevo Complemento de Nómina.

Cambios en el Complemento de Nómina Digital

Entre las modificaciones que podemos encontrar en el nuevo complemento de nómina, podemos mencionar las siguientes:

1.Nuevas validaciones, tales como:

    • RFC del Receptor: El Patrón deberá cerciorarse de que el RFC de cada uno de sus trabajadores se encuentre registrado en las bases de datos del SAT. Un comprobante con un RFC no registrado en la base de datos del SAT no podrá ser timbrado.
    • Sumas: El Total de Sueldos + Total Separación Indemnización + Total Jubilación Pensión Retiro, debe ser igual a la suma de los valores de los campos del Total Gravado más el Total Exento.

2. Catálogos de conceptos (Homologación e inclusión de nuevos catálogos), tales como:

    • Tipo de Nómina: Puede ser ordinaria o extraordinaria.
    • Origen del Recurso: Únicamente se usa para los entes gubernamentales. Aplica a las entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.
    • Clave de Entidad Federativa: Se registra la clave de la Entidad Federativa donde el trabajador prestó sus servicios al empleado, ejemplo: Clave de la Entidad Federativa: AGU
    • Tipo de Otro Pago: Corresponde a otro tipo de pago que se registra como datos informativos y no se suman a las demás percepciones ya que no son ingresos acumulables. Ejemplo:

       i.   Viáticos entregados al trabajador,
       ii.  Reintegro de ISR pagado en exceso (siempre que no haya sido enterado al SAT)
       iii. Subsidio para el empleo efectivamente entregados al trabajador,
       iv.  Aplicación de saldos a favor por compensación anual.

3.Inclusión de información contenida en la Declaración Informativa Múltiple de Sueldos y Salarios (DIM), tales como:

    • Acciones o títulos: Se registra cuando el trabajador ejerce la opción de adquirir acciones de la empresa.
    • Jubilaciones y pensiones: Se registra cuando se realice en una sola exhibición o parcialidades.
    • Subsidio al empleo: Aplica conforme al Anexo 8 de la RMF vigente.
    • Compensación de saldos a favor: Se registra cuando existan saldos a favor de un trabajador contra cantidades retenidas de los demás trabajadores.
    • Separación e indemnización: Se registra cuando exista pagos por estos conceptos.

4. Inclusión del nuevo atributo RFC del Patrón Origen para identificar al patrón en pagos de nómina por terceros (como en el caso de fideicomisos, jubilaciones, pensiones, etc.)

5. Incapacidad para utilizar números negativos (percepciones o descuentos negativos).

Guía de Llenado del Complemento Nómina Digital

El SAT provee una guía para el correcto llenado del nuevo complemento de nómina, el cual puede descargarse en la siguiente liga: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/Complementoscfdi/guianomina12.pdf

Recursos Adicionales

Adicionalmente el SAT ha colocado a disposición de todos los contribuyentes el siguiente sitio web, el cual explica con mayor detalle los cambios en este complemento.
http://www.sat.gob.mx/nominadigital

De igual manera te recomendamos escuchar el siguiente audio que el SAT ha producido:
Da click aquí para escuchar.

Actualización 9/12/2016:

Audios informativo:
 Audio 1
Audio 2
Audio 3

Videos informativos:
Ver video 1
Ver video 2

Contáctanos

En InvoiceOne estamos listos para apoyarte con el cumplimiento de esta obligación. Contacta a nuestros ejecutivos de cuenta para poder ofrecerte una solución a tus necesidades.

Share this entry